Seguro automotor por caída de granizo: lo que hay que saber
El clima volvió a preocupar a los propietarios de autos, ¿cuáles son los daños que el seguro no cubre?
Las fuertes lluvias de la semana pasada dejaron destrozos y generaron complicaciones en varias partes de la Argentina. En redes sociales se multiplicaron las historias de ciudadanos que mostraban los daños que sufrieron sus vehículos, ya sea porque quedaron en medio de una inundación, fueron abollados por el granizo o destrozados por la caída de árboles.
En muchos casos se preguntaban si las aseguradoras iban a responder por los daños. En principio, hay que tener en cuenta que existen distintos tipos de coberturas y cada una otorga una protección según sea el caso. No todas las pólizas de vehículos tienen cobertura de granizo.
Los tipos de cobertura
Por lo general, se separan en cuatro clases:
*La obligatoria por ley, contra terceros: solo cubre los daños que se le pueden llegar a provocar a terceros. No ampara al asegurado en caso de granizo o inundación.
*Las coberturas denominadas “totales”, que alcanzan a cubrir incendios, robos, destrucción, etc., pero tampoco cubren granizo. En ellas, las consecuencias que sufren los vehículos por el clima se encuentran expresamente previsto en el apartado de exclusiones.
*Terceros completos: tienen por lo general la cobertura de granizo, aunque puede ser limitada. En estos casos, se debe revisar la póliza contratada.
*Todo riesgos y Premium tienen cobertura a todos los daños, incluyendo los provocados por fenómenos climáticos.
Los dos últimos paquetes suelen contemplar caídas de mamposterías, árboles y granizo en vehículos estacionados en la vía pública.
En el último, en particular, el asegurado queda cubierto “contra los daños por granizo totales y parciales, inundación, desbordamiento, terremoto y caída de árboles, sin tope, sin límite y sin franquicia, hasta la suma asegurada del vehículo”.
La denuncia y la revisión
La ley 24.449 establece que la denuncia deberá ser realizada dentro de las 72 horas hábiles de ocurrido el hecho. Luego de ese plazo, la aseguradora no tendrá obligación legal de hacerse cargo de los daños y costos que dejó el siniestro acontecido.
Todos los daños serán determinados por un perito de la aseguradora, el que verificará si es una consecuencia de la inclemencia del tiempo.
En este punto, es importante que el asegurado presente la denuncia con la mayor cantidad de pruebas posibles, como fotos, videos y testigos, para agilizar el proceso de chequeo.
El proceso de declaración de siniestro contempla una peritación para determinar los daños producidos y su posterior arreglo o indemnización. Por ejemplo, en caso de ingreso de agua en un vehículo, en el proceso de denuncia se consulta al asegurado si el mismo está en circulación, lo cual da una noción del daño, y hasta dónde llegó el agua.
Consecuentemente se evalúa una inspección presencial, dado que el agua puede afectar muchas veces de manera profunda, pero no visible.
De todos modos, cada caso es distinto, y hay variables que las compañías contemplan antes de cotizar una póliza. Por tanto, hay que revisar bien cada paquete antes de contratar para evitar reclamos que terminarán siendo infructuosos.
¿Se puede incorporar el granizo a la cobertura?
Desde la Asociación Argentina de Productores Asesores de Seguro (AAPAS) afirman que, en los seguros todo riesgo, el granizo siempre está cubierto. Según el caso, podría tener una franquicia (cierto monto del arreglo que deberá pagar el asegurado) o un límite (un máximo a cubrir). Pero la compañía no puede excluir ese siniestro de la póliza.
Hay compañías que ofrecen agregados a los clientes que no contrataron los esquemas de todo riesgo. Es decir, la cobertura de granizo o inundación se considerará un agregado optativo a la de daños parciales por accidente. Igualmente, en esos casos, pueden existir limitaciones o exclusiones.
Actualmente la amplia mayoría de los vehículos con antigüedades menores a 10 años cuentan con la cobertura de granizo. Los que no la tienen son en general los autos más antiguos, ya que las aseguradoras no lo ofrecen.
Los especialistas estiman que, para quien no está cubierto, incorporar el adicional -que también protege contra inundación y otros fenómenos naturales- encarece 5% a 10% las cuotas.
¿A quién recurrir si una compañía no responde?
Si una compañía insistiera en rechazar la cobertura del granizo o de algún otro siniestro contemplado en una póliza vigente, el damnificado puede recurrir a la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN).
El organismo de control del sector asegurador recibe consultas y denuncias por email a consultasydenuncias@ssn.gob.ar, en el sitio web o bien a través de la línea gratuita 0800-666-8400.
¿Hay daños que el seguro no cubre?
Las aseguradoras no cubren en ninguna póliza los daños causados por:
-Hechos de guerra, guerrilla, rebelión, terrorismo.
-Huelga, tumulto popular.
-Conducir una persona sin licencia para conducir.
-Carga transportada excesiva, muy inflamable o explosiva.
-Remolcar a otro vehículo, salvo en el caso de ayuda ocasional y de emergencia.
-Competencias o entretenimientos de velocidad.