Tras el cese de la unión convivencial
Tras el cese de la unión convivencial

Atribuyen la vivienda sin limitación temporal a la exconviviente, que tiene a cargo al hijo con discapacidad

Se atribuyó el uso de la vivienda -propiedad del hombre- a la mujer, ya que ella quedó a cargo del hijo con discapacidad, y declaró inaplicable el plazo máximo de dos años